Base Legal de la Institución
La Dirección de Gestión por Resultados (DIGER) es una institución creada, organizada y dotada de competencias mediante instrumentos jurídicos publicados en el diario oficial La Gaceta de la República de Honduras.
Su sustento normativo comprende decretos ejecutivos de la Presidencia de la República, acuerdos ministeriales y disposiciones de la Constitución de la República. A continuación se presentan los instrumentos vigentes en orden cronológico.
Instrumentos Normativos
Cronología Normativa
Instrumentos jurídicos publicados en La Gaceta que fundamentan la existencia y competencias de DIGER, presentados en orden cronológico.
PCM 05-2022 — Creación de DIGER
Publicado en La Gaceta de la República de HondurasMediante este decreto, el Poder Ejecutivo crea la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER) como Ente Desconcentrado de la Presidencia de la República de Honduras.
Se establece la DIGER con el mandato de asistir técnicamente a la Presidencia de la República en la implementación del Modelo de Gestión por Resultados, mediante el monitoreo y evaluación de la gerencia pública y el establecimiento de la República Digital.
Este decreto constituye el acto jurídico fundacional de la institución y define su naturaleza como ente desconcentrado adscrito directamente a la Presidencia de la República.
ACUERDO 006-DM-2023 — Reglamento Interno de DIGER
Publicado en La Gaceta de la República de HondurasEste acuerdo aprueba el Reglamento Interno de la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER), estableciendo la estructura organizacional, las unidades funcionales y las competencias institucionales de la entidad.
El Artículo 9 del Reglamento Interno enumera las competencias atribuidas a la DIGER, entre ellas: asistir técnicamente a la Presidencia en la implementación del modelo de gestión pública basada en resultados, implementar el Sistema de Gestión por Resultados y coordinar las Mesas Sectoriales MESGEPRET, dar seguimiento a la Matriz de Consistencia de Resultados (MCR), aprobar los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y Planes Operativos Anuales (POA) del Poder Ejecutivo, y coordinar los controles de gastos en las instituciones del Estado.
El Reglamento Interno define los procedimientos operativos y las responsabilidades de cada unidad que conforma la estructura orgánica de la DIGER.
PCM-004-2026 — Competencias Digitales de DIGER Vigente
La Gaceta No. 37,079 — 25 de febrero de 2026Publicado en La Gaceta No. 37,079 con fecha 25 de febrero de 2026, este decreto es el instrumento normativo más reciente que rige la organización y competencias de DIGER. Establece disposiciones específicas en materia de transformación digital del sector público.
La DIGER será responsable de rectorar, ejecutar, supervisar, coordinar y administrar el marco de planes, políticas, programas y proyectos en materia digital del sector público, en las áreas de: conectividad, trámites digitales, economía digital, datos abiertos, talento digital, ciberseguridad, entre otras.
La DIGER funciona como Ente Desconcentrado de la Presidencia de la República, dirigida por un funcionario con rango de Secretario de Estado.
El Artículo 87-P enumera las siguientes competencias atribuidas a la DIGER:
- Rectorar, coordinar y administrar planes y políticas en materia digital del sector público (conectividad, trámites digitales, economía digital, datos abiertos, talento digital, ciberseguridad), así como la evaluación de la gestión pública presidencial, sectorial e institucional
- Diseñar políticas y apoyar la simplificación de procesos, coordinando las políticas del Gobierno Digital
- Impulsar la rápida transformación digital de la Administración Pública
- Velar por el cumplimiento del Reglamento de Gobierno Electrónico
- Asistir a entidades públicas en el fortalecimiento de capacidades y acompañamiento técnico hacia el gobierno digital
- Diseñar e implementar un Sistema de Gerencia Pública por Resultados y Transparencia para evaluaciones periódicas de medición física, financiera y de transparencia
- Implementar el ciclo de gestión por resultados para la cadena de valor público
- Elaborar informes institucionales, sectoriales y nacionales para la Presidencia de la República
- Las demás funciones delegadas por la Presidencia de la República
Fundamento Constitucional
Los decretos ejecutivos que rigen a la DIGER hacen referencia, en sus secciones de "CONSIDERANDO", a los siguientes artículos de la Constitución de la República de Honduras como fundamento de las atribuciones del Poder Ejecutivo para crear y organizar entes de apoyo a la Presidencia.
Citado en el "POR TANTO" del Decreto Ejecutivo PCM-004-2026 como fundamento constitucional de las atribuciones del Poder Ejecutivo.
Atribuciones del Presidente de la República para dirigir la política general del Estado, emitir acuerdos y decretos, y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley.
Citado en el "POR TANTO" del Decreto Ejecutivo PCM-004-2026 como fundamento constitucional de las atribuciones del Poder Ejecutivo.
Facultad del Presidente de convocar y presidir el Consejo de Secretarios de Estado para resolver asuntos de importancia nacional.
Citado en el "POR TANTO" del Decreto Ejecutivo PCM-004-2026 como fundamento constitucional de las atribuciones del Poder Ejecutivo.